PROGRAMA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA PROVINCIAL

BENEFICIO FISCAL PARA LA ADQUISICIÓN DE TECNOLOGÍA EFICIENTE

¿A quién está dirigido?

A empresas neuquinas y no neuquinas que cuenten con certificado MiPyME, con al menos un establecimiento consumidor de energía en la Provincia del Neuquén, de todos los sectores económicos excepto servicios profesionales.

¿Cuál es el esquema del programa?

Las empresas beneficiarias que adquieran tecnología eficiente, según los criterios del programa, podrán solicitar un crédito fiscal de hasta el 50% de la inversión, que podrá utilizarse para la cancelación de impuestos provinciales.

Los beneficiarios de este programa podrán hacer uso de uno o más certificados de Crédito Fiscal, con un tope de beneficio de $ 6.000.000 de pesos en total por contribuyente.

¿Cómo se calcula el beneficio?

  • • 40% de la inversión: En aquellos casos que las inversiones las realicen empresas neuquinas, en una operación con proveedor neuquino.
  • • 30% de la inversión: En aquellos casos que las inversiones las realicen empresas no neuquinas, en una operación con proveedor neuquino.
  • • 30% de la inversión: En aquellos casos que las inversiones las realicen empresas neuquinas, en una operación con proveedor no neuquino.
  • • 20% de la inversión: En aquellos casos que las inversiones las realicen empresas no neuquinas, en una operación con proveedor no neuquino.

Si se trata de empresas lideradas por mujeres o de propiedad de mujeres, y/o se presenta un diagnóstico energético asociado a la adquisición de tecnología eficiente, se sumará un 10% adicional al beneficio calculado.

¿Cuál es el monto mínimo de inversión?

En cada presentación realizada la empresa beneficiaria deberá presentar un Proyecto de Eficiencia Energética por un mínimo de $ 500.000 pesos para el caso de micro empresas, y de $ 800.000 pesos para el caso de pequeñas y medianas empresas.

¿Qué tecnologías eficientes están incluidas? 

Motores trifásicos

  • • Motores de inducción trifásicos de clase de eficiencia IE3.
  • • Motores de inducción trifásicos de clase de eficiencia IE2 + variador de velocidad.

Variadores de Velocidad

Tecnología de iluminación LED

Condiciones de aprobación sobre eficacia luminosa mínima del artefacto y vida útil mínima informada por el fabricante:

  • • Plafones/Paneles: 100 lm/W – Vida útil 30.000 Horas.
  • • Alumbrado público: 120 lm/W – Vida útil 50.000 Horas.
  • • Reflectores/Proyectores: 120 lm/W – Vida útil 50.000 Horas
  • • Campanas colgantes: 130 lm/W – 50.000 Horas

Equipos de climatización

Acondicionadores de aire tipo Split, Multisplit, Piso-Techo, Baja Silueta con tecnología invertir y Sistemas VRV/VRF.

Electrobombas

  • • Electrobombas de superficie con motor IE2 o superior.
  • • Electrobombas sumergibles de pozo profundo con estudio de redimensionamiento asociado.

Bombas solares

  • • Condición de electrobomba + dimensionamiento de sistema fotovoltaico considerando las condiciones de radiación de la provincia de Neuquén.

Equipos de medición y control

  • • Sistemas de control para iluminación, sensores y actuadores.
  • • Equipos de medición y control para instalaciones y procesos.
  • • Capacidad de Integración con software de gestión de la energía.

Materiales para obras civiles.

Materiales para obras civiles de acondicionamiento de instalaciones con el fin de disminuir el consumo energético, que demuestren mediante un análisis técnico el potencial de ahorro energético asociado a la medida.

¿Cómo aplicar al programa?

  1. Para acceder al beneficio las empresas deberán completar y presentar en forma digital ante el mail del Centro PyME – ADENEU ( eficiencia.energetica@adeneu.com.ar ), hasta el 31/10/2023 inclusive, la siguiente documentación:  
    • • Formulario de adhesión al programa
    • • Formulario de Proyecto de Eficiencia Energética
    • • Presupuesto o factura proforma de la tecnología eficiente a adquirir, junto con las hojas de especificaciones técnicas de cada equipo, y, opcionalmente, un diagnóstico energético de las instalaciones
  2. La documentación será analizada por el Centro PyME – ADENEU y luego por la Subsecretaría de Energía, Minería e Hidrocarburos, si esta cumple con las condiciones del programa se preaprobará y se determinará el monto en pesos argentinos y el porcentaje máximo de Crédito Fiscal a otorgar.
  3. Posterior a la adquisición de las tecnologías, la empresa beneficiaria deberá presentar ante la Subsecretaría de Energía, Minería e Hidrocarburos las facturas de compra donde se verifique la inversión total ejecutada, una vez evaluada y aprobada esta documentación se otorgará el Crédito Fiscal.

Para más información: eficienciaenergeticanqn@gmail.com

Descarga de Documentos

  • • Decreto 715/2023
  • • Anexo/Procedimiento
  • • Formulario de Adhesión
  • • DDJJ Composición Societaria y Empresas Vinculadas
  • • Proyecto de Eficiencia Energética